Renta Fija: Títulos Públicos y Obligaciones Negociables
Los instrumentos de renta fija concentran una proporcion importante de las preguntas del examen. Es necesario distinguir con precision los tipos de ON, sus garantias, y los instrumentos de corto plazo (VCP, CPD, pagare bursatil). Esta leccion cubre el eje de Modulo 4.
Conceptos fundamentales de renta fija
Antes de clasificar instrumentos, es necesario dominar el vocabulario operativo que aparece en prospectos, terminos y condiciones y preguntas de examen.
Amortizacion: devolucion del capital (valor nominal) al inversor. Puede ser:
- Bullet: todo el capital al vencimiento.
- Escalonada: cuotas periodicas de capital durante la vida del instrumento.
Renta (cupon): pago periodico de intereses calculado sobre el saldo de capital vigente (o sobre el valor nominal original, segun el instrumento).
Plazo de emision: periodo entre la fecha de emision y la fecha de vencimiento. Determina la clasificacion corto / mediano / largo plazo.
Moneda: los instrumentos argentinos pueden emitirse en pesos (ARS), dolares estadounidenses (USD), euros, u otras divisas. Tambien existen instrumentos denominados en dolares pero liquidables en pesos al tipo de cambio oficial (dollar-linked) o en pesos ajustados por CER.
Tasa fija: el cupon es un porcentaje fijo del capital durante toda la vida del instrumento. El inversor conoce el flujo exacto desde la emision.
Tasa variable: el cupon se ajusta periodicamente a una tasa de referencia (BADLAR, TNA de referencia BCRA, SOFR, etc.) mas un spread fijo. Reduce el riesgo de tasa para el inversor.
Tasa step-up: el cupon es fijo pero aumenta en escalones predefinidos segun el calendario del prospecto. Comun en reestructuraciones de deuda soberana (ej. GD30, GD35).
Clausula CER: el capital y/o el cupon se ajustan por el Coeficiente de Estabilizacion de Referencia (CER), que replica aproximadamente la variacion del Indice de Precios al Consumidor (IPC). Protege al tenedor contra la inflacion en pesos.
Para el examen: CER ajusta el capital (y sobre ese capital ajustado se calcula el cupon real). Un instrumento "CER + 2%" rinde inflacion mas dos puntos porcentuales reales. Si la inflacion es 100% anual y la tasa real es 2%, la tasa nominal total sera aproximadamente 102%.
Titulos publicos: Estado nacional, provincial y municipal
Los titulos publicos son instrumentos de deuda emitidos por el sector publico. Su clasificacion por emisor determina el riesgo de credito y el marco legal aplicable.
Estado Nacional: letras (Lecaps, Lecer, Letes), bonos (Globales, Bonares, BONCER, BOPREAL), y otros instrumentos del Tesoro o del BCRA. La oferta publica no requiere autorizacion de la CNV (emision directa por el Ejecutivo via MECON), aunque cotizan en BYMA bajo supervision.
Provincias y municipios: emiten bonos propios (ej. bonos de la Provincia de Cordoba, de Neuquen, de la Ciudad de Buenos Aires). Requieren autorizacion de sus legislaturas locales y la oferta publica ante la CNV. El riesgo crediticio es independiente del soberano nacional.
LEBAC / NOBAC (BCRA): las Letras del Banco Central (LEBAC) fueron instrumentos de regulacion monetaria emitidos por el BCRA hasta su discontinuacion en 2018. Las NOBAC eran notas de mayor plazo. Aunque ya no estan vigentes como instrumentos activos, el examen puede incluirlos en contexto historico. El BCRA actualmente usa pases pasivos y otros instrumentos de esterilizacion.
Obligaciones Negociables (ON): definicion y marco legal
Las Obligaciones Negociables son titulos de deuda emitidos por personas juridicas (sociedades anonimas, cooperativas, asociaciones civiles y el Estado en ciertas formas) que acceden al financiamiento del mercado de capitales a traves de la oferta publica. Su marco legal es la Ley 23.576 (texto ordenado y modificaciones), que regula la emision, colocacion, garantias y derechos de los obligacionistas.
A diferencia de una accion, la ON no otorga participacion en el capital ni derechos politicos; el tenedor es acreedor del emisor y tiene prelacion sobre los accionistas en caso de quiebra.
ON simples: el obligacionista recibe capital e intereses y no puede convertir el titulo en acciones del emisor.
ON convertibles: otorgan al tenedor el derecho (no la obligacion) de convertir los titulos en acciones del emisor a una relacion de conversion predeterminada. Requieren decision de asamblea extraordinaria para su emision (modificacion del capital).
Garantias de las ON
La Ley 23.576 establece distintos tipos de garantia que puede ofrecer el emisor para mejorar la colocacion y reducir el costo financiero:
- Garantia simple (quirografaria): sin privilegio especial; el obligacionista concurre como acreedor comun en caso de quiebra. Es la modalidad por defecto si no se constituye garantia especifica.
- Garantia especial: sobre bienes determinados del activo fijo del emisor (inmuebles, maquinaria), con afectacion expresa en el prospecto. Otorga privilegio especial sobre esos bienes.
- Garantia flotante: sobre la universalidad de bienes del emisor (activos circulantes y fijos), sin afectacion de bienes especificos. El emisor puede disponer libremente de los bienes salvo durante el periodo de incumplimiento.
- Garantia prendaria: prenda con registro sobre bienes muebles identificados (vehiculos, equipos).
- Fianza: garantia personal de un tercero (banco, SGR) que responde subsidiariamente por las obligaciones del emisor.
- Fideicomiso de garantia: el emisor transfiere bienes a un fideicomiso; el fiduciario los ejecuta en beneficio de los obligacionistas ante incumplimiento. Mecanismo frecuente en ON PyMES y estructuraciones complejas.
ON PyMES y el regimen simplificado
La CNV habilitó un regimen simplificado para la emision de ON por parte de Pequenas y Medianas Empresas (PyMES), con requisitos de prospectos, tiempos de aprobacion y garantias adaptados a la escala de estos emisores. Las ON PyMES suelen contar con garantia de una Sociedad de Garantia Reciproca (SGR) y se dirigen tipicamente a inversores calificados o al panel PyMES de BYMA.
Valores de Corto Plazo (VCP)
Los Valores de Corto Plazo son titulos de deuda con plazo de vencimiento maximo de 365 dias corridos desde la emision, emitidos por personas juridicas bajo el mismo marco de la Ley 23.576 pero con un proceso de autorizacion simplificado ante la CNV. Estan diseñados para que empresas financien capital de trabajo a corto plazo accediendo al mercado de capitales.
Pagare bursatil
El pagare bursatil es un instrumento de deuda de corto plazo que las empresas emiten en formato estandarizado y negocian en los mercados organizados (BYMA y mercados adheridos). A diferencia del pagare civil, el bursatil tiene requisitos formales especificos para su negociacion en bolsa, permite su endoso electronico y su liquidacion a traves de la infraestructura de mercado.
Cheque de Pago Diferido (CPD)
El Cheque de Pago Diferido es una orden de pago librada contra una cuenta corriente bancaria para ser cobrada a partir de una fecha futura determinada. La Ley 24.452 y sus modificaciones regulan el CPD; la CNV reglamento su negociacion bursatil.
Plazo maximo: 360 dias corridos desde la libranza.
Modalidades de negociacion bursatil:
- CPD avalado: la empresa libradora (generalmente una PyME) presenta el cheque a una SGR que lo avala. La SGR garantiza el pago al vencimiento. El inversor asume riesgo SGR (no riesgo directo de la PyME). Mayor liquidez y menor tasa por la garantia.
- CPD patrocinado: la empresa libradora (tipicamente empresa grande, el "patrocinador") emite el cheque sin aval de SGR. El inversor asume riesgo directo del patrocinador. La empresa grande descuenta sus propios cheques en el mercado bursatil como forma de financiamiento.
VCP = maximo 365 dias. CPD = maximo 360 dias. La diferencia es de cinco dias; ambos son instrumentos de corto plazo, pero el VCP es un titulo de deuda (ON corto plazo) y el CPD es una orden de pago diferida sobre cuenta corriente bancaria.
Preguntas de practica
PREGUNTA DE COMPRENSIÓN
Una empresa emite una ON con garantia flotante. Al cabo de dos anos, la empresa vende la mitad de su planta industrial. Los obligacionistas pueden oponerse a la venta?
↳ RESPUESTA
En principio, no. La garantia flotante recae sobre la universalidad de bienes del emisor pero no impide que este disponga de activos en el curso ordinario de su negocio. Los obligacionistas no tienen privilegio real sobre bienes determinados. Si la operacion constituyera un supuesto de incumplimiento de covenants establecidos en el prospecto (ej. mantenimiento de ratio de activos), podrian invocar esas clausulas, pero no la naturaleza de la garantia flotante en si misma.
PREGUNTA DE COMPRENSIÓN
Cual es la diferencia principal entre un CPD avalado y un CPD patrocinado desde la perspectiva del riesgo crediticio del inversor?
↳ RESPUESTA
En el CPD avalado, el inversor asume el riesgo crediticio de la SGR que garantiza el pago, no de la PyME libradora. En el CPD patrocinado, el inversor asume el riesgo crediticio directo de la empresa patrocinadora (generalmente una empresa de mayor tamano que descuenta sus propios cheques). El avalado ofrece menor riesgo (y menor tasa); el patrocinado ofrece mayor rendimiento (y mayor riesgo).
PREGUNTA DE COMPRENSIÓN
Una empresa quiere financiar capital de trabajo por 10 meses accediendo al mercado de capitales. Que instrumentos de deuda a corto plazo podria emitir?
↳ RESPUESTA
Podria emitir Valores de Corto Plazo (VCP) —plazo maximo 365 dias— o Cheques de Pago Diferido (CPD) —plazo maximo 360 dias—. Tambien podria emitir un pagare bursatil si cumple los requisitos formales. Los tres son instrumentos de corto plazo con autorizacion simplificada ante la CNV y se negocian en BYMA.
Esta leccion tiene fines exclusivamente educativos para la preparacion del examen CNV Idoneidad. No constituye asesoramiento de inversion. Los rendimientos y condiciones de los instrumentos mencionados son ejemplificativos y pueden variar.